La carta de servicios de la Empresa Serveis Lleida Global Grup SL recoge el compromiso de desarrollar las funciones de prestación de servicios de residencias asistidas y centros de día para personas mayores, siempre bajo criterios de mejora continua. Nuestra empresa nace con la voluntad de ser un servicio asistencial y de calidad.
Esta Carta de Servicios se concreta en un documento público que recoge información de utilidad sobre los servicios que nuestra empresa presta, los compromisos que adoptamos en términos de eficacia y calidad en la ejecución de nuestras funciones, así como los mecanismos de participación de los residentes y familias por la mejora de los servicios.
Es con el fin de trabajar en una mejora continua de la calidad y en el esfuerzo en cumplir los objetivos marcados que la Empresa Serveis Lleida Global Grup SL elabora y publica la carta de servicios que será revisara periódicamente.
1.- ¿QUIÉNES SOMOS?
Nuestra empresa cuenta con una amplia experiencia acreditada en el sector. Desde el inicio de nuestra actividad hemos atendido a más de 700 personas en los servicios de Residencia y de Centro de Día.
En 2009 iniciamos la actividad en la RESIDENCIA BARBENS I, tal y como se denomina comercialmente. Este centro está ubicado en la Plaza Mestre Benet de la misma población de Barbens (Pla d´Urgell). Desde el inicio de la actividad y mediante diferentes acciones continuadas se han ido actualizando y modernizando todas las instalaciones. A día de hoy, este centro cuenta con 41 plazas de Residencia y 10 de Centro de Día.
En el año 2011 se inicia la actividad en un segundo centro en la misma población de Barbens, en la calle del Nord número 11. Éste está ubicado a escasos metros de la otra Residencia Barbens I. Se identifica con el nombre comercial de RESIDENCIA BARBENS II. Su capacidad es de 34 residentes y 10 plazas de Centro de Día. Como en el caso anterior, también se procedió a actualizar y modernizar las instalaciones existentes.
En 2014 se adquiere un tercer centro geriátrico ubicado en la población de La Fuliola (Urgell). Este centro fue denominado comercialmente con el nombre de RESIDENCIA LA FULIOLA Y BOLDÚ. Mediante diversas actuaciones también se han ido actualizando las instalaciones existentes. Su capacidad es de 68 residentes y 25 plazas de Centro de Día.
Así pues, gestionamos 3 centros residenciales acreditados por la Generalitat de Catalunya y con plazas de tipo colaborador, concertado y privado con Prestación Económica Vinculada que avalan nuestro cumplimiento de la normativa vigente y la constante adaptación a las nuevas exigencias y normativas que van surgiendo.
A día de hoy estamos trabajando en la apertura de un cuarto centro: LA RESIDENCIA Y CENTRO DE DÍA DE CASTELLSERÀ.
En todos los centros y servicios trabajamos siguiendo las indicaciones y coordinados con el personal técnico de los distintos Departamentos (Departamento de Salud Pública, Departamento de Derechos Sociales, Sanidad, Industria, etc)
2.- ¿QUÉ SERVICIOS OFRECEMOS?
- Servicio médico propio y de enfermería
- Gimnasio / Fisioterapeuta
- Terapia Ocupacional / Terapeuta Ocupacional
- Actividades de Ocio y Talleres / Educadora Social
- Atención Social / Trabajadora Social
- Apoyo psicológico / Psicóloga
- Peluquería / Podología
- Cocina propia y comedor
- Lavandería propia
- Centro de Día
- Servicio de Larga y Corta estancia
- Celebraciones
- Voluntariado
- Sala de reuniones
- Sala de demencias
- Servicio de limpieza propia
- Servicio religioso
3.- ¿QUÉ COMPROMISOS ADOPTAMOS?
- Crear un ambiente de relación y convivencia propia de un hogar, favoreciendo la adaptación de la persona a su nuevo domicilio.
- Crear un nivel de infraestructura y recursos materiales adaptados al conjunto de las necesidades psicofísicas del usuario.
- Promover el trabajo en equipo entre todos y cada uno de los profesionales que intervienen.
- Potenciar un trabajo participativo, dinámico y evaluar la labor diaria.
- Fomentar un espacio de convivencia que realmente se acerque al de un hogar mediante conductas que promuevan la seguridad, la confianza, la intimidad, la tranquilidad, la comodidad, el apoyo, etc.
- Favorecer el mantenimiento y potenciación de las capacidades sociales y físicas y evitar que la dinámica de relación entre la persona y su entorno quede limitada a la expresión de quejas, dolor, protestas, etc.
4.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS
Derechos del usuario/a de servicios residenciales y diurnos:
1. Los usuarios de servicios residenciales y diurnos tienen derecho a:
a) El ejercicio de la libertad individual para ingresar y permanecer en el establecimiento y salir del mismo, sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente respecto de las personas incapacitadas y las personas sometidas a medidas judiciales de internamiento.
b) Conocer el reglamento interno del servicio y también los derechos y deberes, que deben explicarse de forma entendedora y accesible.
c) Recibir una atención personalizada de acuerdo a sus necesidades específicas.
d) Acceder a la atención social, sanitaria, farmacéutica, psicológica, educativa y cultural y, en general, a la atención de todas las necesidades personales, para conseguir un desarrollo personal adecuado, en condiciones de igualdad respecto al atención que reciben los demás ciudadanos.
e) Comunicar y recibir libremente información por cualquier medio de difusión de forma accesible.
f) El secreto de las comunicaciones salvo que se dicte resolución judicial que lo suspenda.
g) La intimidad y la privacidad en las acciones de la vida cotidiana. Derecho que debe ser recogido por los protocolos de actuación y de intervención del personal del servicio.
h) Considerar como domicilio el establecimiento residencial en el que viven y mantener la relación con el entorno familiar, de convivencia y social, respetando las formas de vida actuales.
j) Acceder a un sistema interno de recepción, seguimiento y resolución de sugerencias y quejas.
k) Tener objetos personales significativos para personalizar el entorno en el que viven, siempre que respeten los derechos de las demás personas.
l) Ejercer libremente los derechos políticos, respetando el normal funcionamiento del establecimiento y la libertad de las demás personas.
m) Ejercer la práctica religiosa, respetando el normal funcionamiento del establecimiento y la libertad de las demás personas.
n) Obtener facilidades para realizar la declaración de voluntades anticipadas, de acuerdo con la legislación vigente.
o) Recibir de forma continuada la prestación de los servicios y las prestaciones económicas y tecnológicas en las condiciones que reglamentariamente se establezcan.
p) No ser sometido a ningún tipo de inmovilización o restricción de la capacidad física o intelectual por medios mecánicos o farmacológicos sin prescripción facultativa y supervisión, salvo que exista un peligro inminente para la seguridad física de los usuarios o de terceras personas. En este último caso, las actuaciones deben justificarse documentalmente, deben constar en el expediente del usuario o usuaria y deben comunicarse al Ministerio Fiscal, de acuerdo con lo establecido por la legislación.
q) Conocer el coste de los servicios que reciben y, en su caso, conocer la contraprestación del usuario o usuaria.
2. El reglamento interno del servicio puede desarrollar y concretar la forma de ejercer los derechos reconocidos en el apartado 1, respetando siempre su contenido esencial y sin restringir los efectos que se derivan de su reconocimiento por las leyes.
Obligaciones del usuario/usuaria de servicios residenciales y diurnos:
e) Devolver el dinero recibido indebidamente.
g) Observar una conducta basada en el respeto mutuo, la tolerancia y la colaboración para facilitar la convivencia en el establecimiento y la resolución de los problemas.
h) Respetar la dignidad y los derechos del personal de los servicios como personas y como trabajadores.
i) Atender las indicaciones del personal y comparecer en las entrevistas a las que sean convocados, siempre que no atenten contra la dignidad y la libertad de las personas.
j) Utilizar con responsabilidad y cuidar las instalaciones del centro.
k) Cumplir las normas y procedimientos para el uso y disfrute de las prestaciones.
l) Contribuir a la financiación del coste del centro o servicio si así lo establece la normativa aplicable.
m) Cumplir los demás deberes que establezca la normativa reguladora de los centros y servicios sociales de Cataluña.
5.- COMO LOS USUARIOS Y FAMILIARES SE PUEDEN DIRIGIR Y COMUNICAR CON LA ENTIDAD.
La carta de servicios representa nuestro compromiso en desarrollar las funciones que tenemos encomendadas bajo unos criterios de mejora continua de la calidad.
Por este motivo, “Ayúdanos a mejorar” mediante el envío de consultas, sugerencias y quejas:
- Telemáticamente a través del formulario del buzón de contacto de nuestra web https://www.residenciabarbens.cat/
- Presencialmente en cualquiera de nuestros centros, siempre con cita previa, para que podamos garantizar las medidas Anti-Covid.
- Presencialmente también mediante las asambleas que se realizan con los residentes de los centros.
Por correo electrónico dirigido a:
serveislleida@serveislleida.cat
residenciabarbens1@serveislleida.cat
tsocialfuliola@serveislleida.cat